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Desde el anuncio, fueron presentados al menos diez amparos judiciales contra el DNU

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Uno de ellos, presentado por el abogado constitucionalista Andrés Gil Domínguez, consiste en una “acción declarativa de inconstitucionalidad” contra el Decreto de Necesidad y Urgencia 70/2023, con un pedido de medida cautelar para suspender sus efectos hasta el dictado de sentencia definitiva.

El fuero en lo Contencioso Administrativo Federal recibió al menos diez amparos contra el decreto de necesidad y urgencia 70, de desregulación económica, con pedidos de medidas suspensivas hasta que se dicte sentencia de fondo en relación a planteos de presunta inconstitucionalidad de la norma del gobierno de Javier Milei.

En una de ellas, la radicada por el abogado constitucionalista Andrés Gil Domínguez quedó designado este martes el nuevo juzgado, el Contencioso Administrativo Federal 7 luego que el letrado recusó al magistrado sorteado inicialmente, Juan Pablo Cayssials, informaron fuentes judiciales.

Gil Domínguez presentó una “acción declarativa de inconstitucionalidad” contra el Decreto de Necesidad y Urgencia 70/2023, publicado en el Boletín Oficial el 21 de diciembre último con un pedido de medida cautelar para suspender sus efectos hasta el dictado de sentencia definitiva.

En el fuero en lo Contencioso Administrativo Federal de la ciudad de Buenos Aires se realizaron hasta el momento diez presentaciones judiciales contra el DNU, que resultaron sorteadas en diferentes juzgados.

La primera fue la radicada la semana pasada por la Asociación Civil Observatorio del Derecho a la Ciudad, en la cual el viernes último el juez Esteban Furnari admitió la acción como un “amparo colectivo” y dio vista a la fiscalía para que se determine si la causa es competencia de ese juzgado. La acción judicial fue presentada por esa asociación civil y organizaciones como ATE y CTA contra el decreto de desregulación económica.

También ingresó una acción de amparo de la Asociación Civil por un Hogar en Argentina, que quedó radicada ante el Juzgado 12 de ese fuero.

Durante ete martes presentaron amparos el extitular del Colegio Público de Abogados de la ciudad de Buenos Aires, Jorge Rizzo y otros seis firmados por Betina Stein, Laura Golcman, Nancy Beatriz Mateos, María Reston, Mariana Fernández y Norma Castro.

En su demanda, el abogado Gil Dominguez sostuvo que el DNU es “contrario a los artículos 1, 29, 30, 77 a 84 y 99 inciso 3 de la Constitución argentina”

Gil Dominguez pidió que “oportunamente dicte sentencia declarando la inconstitucionalidad y la nulidad absoluta e insanable del Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 70/2023”.

Además reclamó el dictado de una medida cautelar que suspenda sus efectos hasta que haya sentencia definitiva.

“Vengo a solicitar en los términos previstos por el artículo 195 y siguientes del Código Procesal Civil y Comercial y los artículos 13 y 15 de ley 26.854 el dictado de una medida cautelar de no innovar mediante la cual se suspendan los efectos del Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 70/2023 hasta tanto se dicte sentencia definitiva en la presente causa”, consignó.

El abogado reclamó que se declare la “inconstitucionalidad y la nulidad absoluta e insanable del Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 70/2023”.

“El Poder Ejecutivo Nacional mediante el dictado del Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 70/2023 utiliza un mecanismo de legislación excepcional previsto por el art. 99.3 de la Constitución argentina – de interpretación y aplicación restrictiva- para sustituir integralmente la función legislativa a través del abuso de derecho público y el desvío de poder”, denunció el constitucionalista.

También “con el objeto de realizar una reforma constitucional indirecta o encubierta por fuera del mecanismo previsto por la Constitución argentina”, advirtió.

“De esta manera, se verifica la existencia de una norma que pretende vulnerar el principio republicano, la división de poderes”, sostiene la demanda presentada.

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El gobierno de Misiones anunció la prórroga hasta finales de junio 2024 de la ventana jubilatoria

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El gobernador Hugo Passalacqua anunció la prórroga, hasta el 30 de junio de 2024, de los regímenes de la ventana jubilatoria y moratoria previsional instituidos por los decretos 636/22 y 1145/22.

De esta manera, se informa que los plazos para presentar las renuncias condicionadas, necesarias para acceder al beneficio, se extienden hasta la fecha mencionada anteriormente.

La medida apunta a seguir resguardando los derechos y el bienestar de los trabajadores durante la etapa final de sus trayectorias laborales.

El gobernador Hugo Passalacqua anunció una prórroga significativa que afecta directamente a los regímenes de la ventana jubilatoria y moratoria previsional. Estos regímenes, establecidos mediante los decretos 636/22 y 1145/22, tendrán una extensión hasta el 30 de junio de 2024. Por lo tanto, los plazos para presentar las renuncias condicionadas con el fin de acceder al beneficio se extienden hasta finales de junio del próximo año.

Cobra relevancia subrayar que la actual ventana jubilatoria está diseñada para trabajadores que alcanzan los 60 años (mujeres) o 65 años (hombres) con al menos 20 años de aportes. Esta iniciativa refleja la visión del Gobierno de Misiones de salvaguardar los derechos y el bienestar de los trabajadores en la fase final de sus carreras laborales. Dicha acción busca garantizar un acceso al proceso de jubilación más accesible y flexible.

Justamente, la medida facilita la compensación de los años restantes para la jubilación a través de un plan de pagos administrado por el IPS Misiones.

Aquellos que opten por esta moratoria podrán jubilarse de inmediato, recibiendo el 75% del haber neto de mayo de 2022, sumado a los aumentos vigentes al momento de la jubilación, con descuentos mensuales de los aportes adeudados.

Es importante destacar que el beneficio no se aplica a trabajadores del personal de seguridad con régimen propio; sin embargo, abarca a empleados de municipios adheridos.

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Javier Milei afirmó que si el Congreso rechaza el DNU llamará a un plebiscito

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El presidente reveló que, ante la posibilidad de que las cámaras rechacen su Decreto de Necesidad y Urgencia, lo pondrá a voluntad de la población a través del voto.

Ante una perspectiva compleja para la validación del paquete de medidas incluidas en el Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU), el presidente Javier Milei aseguró que tiene un plan B para intentar completar su desregulación de la economía. En una entrevista televisiva el mandatario confirmó que, de ser rechazado en el Congreso, enviará el DNU a ser votado por la población en un plebiscito.

«Que los legisladores me expliquen porque el Congreso se pone en contra de algo que le hace bien a la gente», apuntó Milei tras responder que «obviamente» llamará a un plebiscito si rechazan su DNU. En ese sentido, fue muy duro con los que ya adelantaron su negativa a aprobar el Decreto: «El problema es que no les gusta, pero no lo pueden decir abiertamente o quieren hacer algun negocio con alguna ley y con el DNU no pueden morder». «Hay legisladores que buscan coimas», pronunció el presidente.

En la entrevista que le otorgó a LN+, Milei aseguró que «el DNU tiene un 75% de aprobación», pero no mencionó ninguna fuente de ese dato. El anuncio del Decreto impulso multiples movilizaciones autoconvocadas y una marcha de la CGT que se realizará este miércoles.

El presidente Javier Milei promulgó la semana pasada un Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) de 366 artículos con fuertes reformas de desregulación del Estado. Aunque la medida entrará en vigencia dentro de ocho días, todavía debe pasar por el Congreso que tiene la potestad para rechazarlo. El oficialismo, con una clara debilidad legislativa, debe reunir mayoría simple en al menos una de las dos Cámaras para que el decreto sea refrendado.

Con este panorama, y apenas horas después de la sanción de esta normativa, distintos sectores opositores adelantaron que no votarán a favor del megadecreto en el Congreso y el objetivo del Gobierno podría quedar obstaculizado.

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Por primera vez el Impuesto Inmobiliario tendrá 12 cuotas sin interés

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La Agencia Tributaria Misiones publicó las fechas de los vencimientos del Impuesto Inmobiliario con la novedad de contar con 12 cuotas sin interés, que tradicionalmente se pagaba en 8. Los ciudadanos que deseen utilizar el pago en cuotas deberán tener en cuenta el calendario e ir pagando en término.

Cuotas y fechas de vencimiento

1ra. y opción contado 10/01/2.024

2da. 09/02/2.024

3ra. 08/03/2.024

4ta. 10/04/2.024

5ta. 10/05/2.024

6ta. 10/06/2.024

7ma. 10/07/2.024

8va. 09/08/2.024

9na. 10/09/2.024

10ma. 10/10/2.024

11ra. 08/11/2.024

12da. 10/12/2.024

Además, los misioneros que quieran optar por la opción contado y no pagar en cuotas, tendrán un descuento del 10% del total de la liquidación hasta el 10 de enero inclusive.

Por último, es importante aclarar que la Agencia Tributaria Misiones este año por primera vez no repartirá ni tendrá la boleta del Impuesto Inmobiliario en formato papel, será solamente digital. ATM ya viene trabajando con la huella verde y los pilares de los Objetivos de Desarrollo Sostenible, donde uno de ellos es Acción por el Clima.

Pago online paso a paso

1- Ingresar a la web de ATM (www.atm.misiones.gob.ar)

2- Acceder al ícono de la casa (IMPUESTO INMOBILIARIO) y allí EMISIÓN DE BOLETAS DE PAGO.

3- Una vez en la pestaña de emisión de boleta inmobiliaria hay que COMPLETAR LOS DATOS para generar la misma, es importante entonces contar con el número de partida del inmueble, el departamento (localidad) y poner una fecha de pago próxima.

4- Luego de completar los datos hay que apretar BUSCAR y a continuación GENERAR BOLETA.

5- Por último, una vez generada la boleta hay que seleccionar PAGOS ONLINE y elegir el método que queramos. Al realizar el pago colocar un email para que llegue el comprobante de pago.

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Supermercados habrían acordado bajar el precio a algunos productos de la canasta básica

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CAS y FASA anuncian una canasta de productos con descuentos de 20%.

El grupo de supermercados asociaciones en “Red Super Argentinos” anunció que desde mañana aplicará un descuento del 20% en los precios de 20 productos de la canasta básica por 60 días.

En contraposición a los cruces que se produjeron entre otras cadenas que rechazaron listas de precios de proveedores por alzas desmedidas, la Cámara Argentina de Supermercados (CAS) y la Federación Argentina de Supermercados y Autoservicios (FASA) –que componen la Red- dicen que lograron un acuerdo para implementar “Precios Diferenciados”.

El acuerdo, del que no se ofrecieron mayores detalles, abarcaría azúcar, yerba, fideos, harina, aceite, galletitas, dulces, huevos, leche, pan legumbres, puré de tomate y dulce de leche. También sumarían gaseosas, te, mate cocido, papel higiénico, jabón de tocador, lavandina, rollos de cocina y detergente.

La información suministrada a través de un comunicado de prensa no ofreció mayores detalles de la marca de los productos, su calidad, los precios y los lugares donde serán ofrecidos.

“La iniciativa es resultado de las reuniones llevadas a cabo con el secretario de Comercio Pablo Lavigne, y el subsecretario de Defensa del Consumidor, Fernando Blanco Muiño.

Tras los fallidos programas “Precios Justos” y “Precios Cuidados”, ahora nace “Precios Diferenciados” con un mecanismo similar, aunque en este caso sin la intervención del Estado, al menos en la difusión de la propuesta.

De todas maneras, aún no se conocen las características del programa y se espera por su implementación efectiva.

La semana pasada los frigoríficos habían intentado congraciarse con el Gobierno anunciado un acuerdo para contener el precio de cinco cortes de carne populares que también fue anunciado, pero nunca se observó en las góndolas.