Monotributo: cuáles son las nuevas escalas

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A partir de enero, los pisos se actualizarán teniendo en cuenta la inflación semestral. En el caso de Ganancias, excepcionalmente seguirá el período de septiembre a diciembre.

Desde el 15 de enero y hasta el 5 de febrero se podrá realizar la recategorización del Monotributo, según informó la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA). El organismo pondrá a disposición de los contribuyentes una Recategorización simplificada, a la que se podrá acceder a través de la web o la aplicación.

La cuota que vence en enero sigue siendo la misma del mes anterior. Después, con las nuevas tablas que se van a publicar mañana, los monotributistas se van a poder recategorizar hasta el 5 de febrero”, explicó el contador Sebastián Domínguez.

“En la medida que los ingresos de los contribuyentes hayan acompañado a la inflación, se mantendrán en la misma categoría. Sí, en cambio, sus ingresos se quedaron atrás en relación al avance de los precios, entonces pueden llegar a bajar de categoría”, agregó el especialista.

¿Qué implica bajar de categoría? Básicamente, pagar menos. Cabe recordar, que el Monotributo se divide en escalas, que van de la “A” a la “K” y que los montos que se deben abonar van subiendo progresivamente, al igual que los requisitos para pertenecer a cada categoría.

Según informó el Instituto Nacional de Estadísticas y Censos (Indec), el Índice de Precios al Consumidor (IPC) tuvo una variación del 2,7% en diciembre, con lo que cerró el semestre con una inflación del 21,14%. De esta manera, la escala quedará conformada de la siguiente manera:

  • La categoría “A”, que antes contemplada a quienes tenían ingresos brutos de hasta $6.450.000 anuales, ahora incluirá a quienes perciban hasta $7.813.530. En tanto, el impuesto total a pagar pasará de $26.600 a $32.223.
  • La categoría “B” será para quienes ganen hasta $11.447.730 brutos anuales. El impuesto mensual total será de $36.681 a partir de febrero.
  • La categoría “C” llegará hasta los $16.051.050 de ingresos brutos y el impuesto será de $42.954.
  • La categoría “D”, que llegaba a $16.450.000 brutos anuales, saltará a $19.927.530. El impuesto final será de $55.050
  • La categoría “E” incluirá a partir del 15 de enero a quienes ganen hasta $23.440.590. A partir de esa categoría el impuesto a pagar es diferente, según si el contribuyente se dedica a la venta de bienes o a la prestación de servicios. En el primer caso pagará $77.951 mensuales y en el segundo tributará $70.440.
  • La categoría “F” reunirá a aquellos contribuyentes con ingresos de hasta $29.376.450. El impuesto será de $98.103 para bienes y de $84.535 para servicios, tomando en consideración la inflación publicada por el Indec.
  • La categoría “G” será para quienes ganen hasta $35.130.600 y el impuesto irá de $103.328 a $149.845, dependiendo de la actividad del contribuyentes.
  • La categoría “H” abarcará a los trabajadores con ingresos brutos de hasta $53.301.600 anuales. En ese caso, el impuesto será de $340.081 para bienes y de $206.827 para servicios.
  • La categoría “I”, por su parte, saltará de $49.250.000 a $59.661.450 de ingresos brutos máximos anuales. El impuesto será de $627.030 para quienes se dedican a la venta de bienes y de $309.038 para quienes prestan algún servicio.
  • La categoría “J”, en tanto, será para quienes ganen hasta $68.322.960 mensuales. Esos contribuyentes deberán pagar $377.873 por servicios o 759.464 por bienes.
  • La categoría “K”, por último, que tenía un ingreso bruto máximo de $68.000.000 anuales, a partir de ahora llegará a $82.375.200. Si el contribuyente se dedica a la venta de bienes, deberá pagar $1.050.386 y si presta servicios, tendrá que pagar $456.800.

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