Lo decidió la Justicia: bloquean redes sociales de un padre deudor de alimentos

La Justicia de Familia de Rosario dictó una medida inédita: el bloqueo de las redes sociales de un hombre que incumple una sentencia firme para pagar el 50% de los gastos de sus hijos, de 7 y 9 años.

La resolución, a cargo de la jueza Gabriela Topino del Tribunal Colegiado de Familia N°7, responde a reiterados incumplimientos del deudor de alimentos y busca garantizar el derecho de los menores.

“Dedique su tiempo a generar ingresos para satisfacer las necesidades de sus hijos”, escribió la magistrada en el fallo, que también califica la conducta del hombre como violencia patrimonial en los términos de la Ley 26.485. Según el abogado de la madre, Sebastián Navas, el demandado adeuda casi un millón de pesos en concepto de alimentos históricos, lo que obligó al abuelo paterno a asumir los pagos provisoriamente.

Medidas complementarias para garantizar el cumplimiento

El fallo tiene como antecedente una sentencia de agosto de 2023, ratificada en noviembre, que ordenaba al hombre a reembolsar los gastos de alimentos entre 2017 y 2019. Ante el incumplimiento, se solicitaron medidas como la inclusión en el Registro de Deudores Alimentarios Morosos, la prohibición de renovar el carné de conducir y el bloqueo de redes sociales.

El Código Civil y Comercial habilita la adopción de medidas cautelares para garantizar el pago de alimentos. En este caso, se busca persuadir al deudor para que cumpla con sus obligaciones. Sin embargo, la jueza rechazó la solicitud de prohibición de salida del país al no haber pruebas de viajes internacionales.

Debate constitucional sobre la medida

El fallo generó opiniones divididas entre constitucionalistas. Mientras Daniel Sabsay lo consideró razonable y proporcional, Diego Armesto lo calificó como desproporcionado, argumentando que podría vulnerar la libertad de expresión, protegida por la Convención Americana de Derechos Humanos.

Navas, en tanto, explicó que la medida aplica a todas las redes sociales actuales y futuras del deudor de alimentos demandado. Además, advirtió que, de no cumplirse, se podrían imponer multas económicas a las plataformas responsables. Hasta el momento, Meta, que administra redes como Facebook y WhatsApp, no se pronunció sobre el caso.

Una perspectiva de género en el fallo

La jueza Topino enfatizó que la omisión del padre configura violencia económica y patrimonial, afectando directamente a la madre al obligarla a cubrir en exclusiva las necesidades de los hijos. La resolución también apunta a erradicar roles de género tradicionales, en línea con compromisos asumidos por Argentina en tratados internacionales como la CEDAW y la Convención de Belem do Pará.

Con este fallo, la Justicia no solo busca garantizar los derechos de los menores, sino también visibilizar el impacto de la violencia económica en el contexto de las obligaciones parentales.

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