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La AFIP eliminó la obligación de registrar los contratos de alquiler

Sin embargo, aquellos contribuyentes que deseen acceder a los beneficios fiscales otorgados por la ley deberán continuar registrándolos.

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) eliminó la obligación de registrar los contratos de alquiler de inmuebles urbanos y rurales. Sin embargo, los contribuyentes que deseen acceder a los beneficios fiscales otorgados por la ley deberán continuar registrándolos.

Esta medida entra en vigencia con la Resolución General 5545/2024, publicada hoy en el Boletín Oficial, y surge a partir del Decreto 70/2023, que derogó la Ley de Alquileres 27.551.

Según la resolución, a partir de hoy, los propietarios ya no están obligados a inscribir sus contratos en el “Régimen de Registración de Contratos de Locación de Inmuebles (RELI)” para su validez.

No obstante, la nueva normativa de la AFIP establece que aquellos contribuyentes que deseen beneficiarse de los incentivos fiscales en el Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (RS) y en los impuestos sobre los Créditos y Débitos en cuentas bancarias y otras operatorias, sobre los Bienes Personales y a las Ganancias —contemplados en la Ley 27.737— deberán declarar sus contratos de alquiler en el RELI antes del 30 de septiembre de 2024, o dentro de los 15 días corridos posteriores a la celebración del contrato.

Este trámite deberá realizarse a través de la página web de la AFIP. Aquellos que ya hayan registrado sus contratos no tendrán que hacerlo nuevamente, a menos que se realicen modificaciones o actualizaciones.

En consonancia con esta medida, la Resolución General 5547/2024, también publicada hoy, elimina la obligación para los empleados en relación de dependencia de adjuntar una copia del contrato de alquiler del inmueble destinado a vivienda en el servicio SIRADIG, requisito que era necesario para acceder a las deducciones del 40 % y 10 % de las sumas pagadas por dicho alquiler.

Es importante recordar que la AFIP ya ha derogado el Certificado de Transferencia de Automotores (CETA), un documento requerido para la venta de automotores o motovehículos usados y radicados en el país. Además, durante la gestión actual, el organismo eliminó las resoluciones generales que obligaban a los productores agropecuarios a presentar cinco declaraciones juradas anuales relacionadas con su cosecha. Asimismo, derogó el Sistema de Importaciones de la República Argentina (SIRA) y la evaluación de la Capacidad Económica Financiera (CEF) para autorizar importaciones, con el fin de facilitar el comercio exterior. (NA)

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