El Gobierno nacional aplica otra suba a los impuestos a los combustibles: impactará en la nafta y el gasoil desde febrero

Diseno sin titulo 18

En un contexto de inflación todavía elevada y con el consumo en retroceso, el Gobierno nacional volvió a recurrir a la suba de impuestos como herramienta fiscal y oficializó un nuevo aumento sobre los combustibles. A través del decreto 74/2026, publicado en el Boletín Oficial, se dispuso un incremento parcial de los impuestos a los combustibles líquidos (ICL) y al dióxido de carbono (CO₂), que se trasladará a los precios de la nafta y el gasoil a partir de febrero, sumando presión sobre uno de los costos más sensibles para la actividad económica y el bolsillo de los usuarios.

El nuevo esquema establece que, para los hechos imponibles que ocurran entre el 1 y el 28 de febrero, el impuesto sobre la nafta sin plomo de hasta 92 RON, la superior a 92 RON (súper) y la nafta virgen se incrementará en $16,773 por litro. En paralelo, el impuesto al dióxido de carbono aplicable a estos combustibles aumentará $1,027 por litro.

En el caso del gasoil, el impuesto a los combustibles líquidos se elevará en $14,372 por litro. Para las zonas alcanzadas por una alícuota diferencial —como la Patagonia y otras regiones del interior del país— el incremento será de $7,782, mientras que el impuesto al dióxido de carbono subirá $1,638 por litro.

La normativa vigente mantiene un tratamiento diferencial para el gasoil destinado al consumo en determinadas jurisdicciones, entre ellas Neuquén, La Pampa, Río Negro, Chubut, Santa Cruz y Tierra del Fuego, además del Partido de Patagones, en la provincia de Buenos Aires, y el departamento Malargüe, en Mendoza. Este régimen busca amortiguar el impacto del tributo en zonas con mayores costos logísticos y climáticos.

El decreto toma como base la Ley 23.966, que regula los impuestos a los combustibles líquidos y al dióxido de carbono y fija un mecanismo de actualización trimestral en función de la inflación medida por el INDEC. Según esa normativa, los ajustes deberían aplicarse en enero, abril, julio y octubre de cada año, contemplando las variaciones acumuladas del Índice de Precios al Consumidor desde enero de 2018.

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